Recolectan de manera itinerante envases vacíos de fitosanitarios

El Ministerio de Producción de Corrientes a través de la secretaría de Agricultura y Ganadería, en el marco de la Ley de Gestión de Envases Vacíos de Fitosanitarios (Ley N° 27279) en donde la Dirección de Producción Vegetal es la autoridad competente, técnicos de la Dirección y de la Asociación Campo Limpio realizaron en la localidad de Yahapé una campaña de recepción de envases vacíos, en donde productores de la zona acercaron más de 10.000 envases en cumplimiento de lo establecido por la Ley.

PROTECCION AMBIENTAL DE LOS ENVASES VACÍOS

La Ley 27279 sancionada el 14 de septiembre de 2016 y publicada en el Boletín Oficial el 11 de octubre de 2016 establece los presupuestos mínimos de protección ambiental para la gestión de los envases vacíos de fitosanitarios, en virtud de la toxicidad del producto que contuvieron, requiriendo una gestión diferenciada y condicionada.

Se entiende por gestión integral de envases vacíos de fitosanitarios al conjunto de actividades interdependientes y complementarias entre sí, que conforman un proceso de acciones para el manejo de envases vacíos de fitosanitarios, con el objetivo de proteger el ambiente y la calidad de vida de la población, atendiendo a los objetivos y jerarquía de opciones de la ley, desde la producción, generación, almacenamiento transitorio, transporte y tratamiento, hasta su disposición final o utilización como insumo de otro proceso productivo.

SON OBJETIVOS DE LA NORMA:

Garantizar que la gestión integral de los envases vacíos sea efectuada de un modo que no afecte a la salud de las personas ni al ambiente.

Asegurar que el material recuperado de los envases que hayan contenido fitosanitarios no sea empleado en usos que puedan implicar riesgos para la salud humana o animal, o tener efectos negativos sobre el ambiente.

Mejorar la eficacia de la gestión, considerando las estructuras y métodos preexistentes en cada jurisdicción, de conformidad con el principio de progresividad.

Dinamizar el procedimiento administrativo para el registro y autorización de los sujetos comprendidos en la presente ley.

Establecer y definir las diferentes etapas y eslabones comprendidos en la gestión integral de los envases vacíos de fitosanitarios.

Como consecuencia de su implementación, todos los envases vacíos de fitosanitarios utilizados en el territorio nacional, deberán ingresar a un Sistema de Gestión Integral de Envases Vacíos de Fitosanitarios cuya formulación, operación y mantenimiento será de directa responsabilidad de los registrantes, en virtud del principio de responsabilidad extendida establecido por el inc. a) del art. 5°.

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