FADIA: “reconocer el derecho del obtentor y propiciar el uso de semilla fiscalizada”

La Federación Argentina de la Ingeniería Agronómica –FADIA—, consideró que la ley de semillas podría ser mejorada a través de consensos con los diferentes actores involucrados, y fue contundente al señalar que “debe reconocerse el derecho del obtentor”.

Teniendo en cuenta que existe una Ley de Semillas, la Nº 20247, en vigencia, como otras leyes,  estas podrían ser perfectibles y actualizadas. La conversación en muchos ámbitos se reduce solamente a la modificación del artículo 241, referido al cambio de UPOV 78 por UPOV 91

Al respecto, la opinión de  FADIA es que no es una mala ley, podría ser mejorada si se consensua en forma permanente con los diferentes actores involucrados.

Reconocemos el derecho del obtentor con el fin de que la inversión sea retribuida pero en forma proporcionada y adecuada.

En este sentido “vemos que se habla sobre autógamas como trigo y soja y deberíamos involucrar a otras especies que en las diferentes regiones del país, son fundamentales, como es el caso del algodón, arroz, maní, garbanzo, porotos y otras, dándole a estas, la misma importancia y tratamiento”, indicó.

LA SEMILLA FISCALIZADA

Más adelante, sostiene la entidad que “deberíamos difundir aún más los beneficios de la semilla fiscalizada, dice la entidad que preside el ingeniero agrónomo Mariano Raimondo, indicando que  fundamentalmente “importante para nosotros, como FADIA, la fiscalización, que siempre fue deficiente, siendo el cuello de botella de la aplicabilidad de la hoy Ley 20247”.

MANEJO DE SEMILLEROS, CON PROFESIONALES

En ese sentido, antes las flamantes autoridades del Ejecutivo, “hicimos propuestas concretas, entre otras, como es el manejo de los semilleros y el uso propio, aun en vigencia,  a través del Registro de Inspectores Acreditados, con  profesionales ingenieros agrónomos matriculados”.

2 thoughts on “FADIA: “reconocer el derecho del obtentor y propiciar el uso de semilla fiscalizada”

  1. Totalmente de acuerdo Sr Casini. Brasil, UY,PY, Bolivia no están en UPOV91, y es mentira q en Arg no hay adopción en tecnología de semilla. Es más el sistema sembra evolución ha echo q en acuerdo privados se pueda utilizar x ejEnlist System.

  2. Se puede mejorar la actual Ley 20.247, reconociendo el derecho del obtentor y respetando el uso propio, únicamente para aquellos productores que son dueños de la tierra, pero NO para los arrendatarios. Así, como pagan para arrendar la tierra, bien pueden pagar para “arrendar” las variedades de las diferentes semillas. Además, valorizar el uso de semilla fizcalizada como una práctica altamente rentable por la mejora genética que le permitirá aumentar los rendimientos. Por ahora, no creo conveniente entrar en la UPOV 91. Creo que muchos usuarios, sobretodo los industriales, no han entendido bien el alcance del “Derecho del obtentor” sobre toda la cadena agroindustrial.

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