¿DESDE QUE FECHA SE PUEDE SEMBRAR ALGODÓN?
A raíz de numerosas consultas realizadas por productores de las zonas de Chaco, Santiago del Estero y norte de Santa Fe, AGROPERFILES informa las fechas de siembra del cultivo de algodón para las provincias con sus respectivas fechas de destrucción de rastrojos, acorde a lo establecido por el órgano de protección vegetal.
Cabe indicar que en la provincia de Chaco, por disposición que surge de la CO.PRO.SA.VE. (Comisión Provincial de Sanidad Vegetal) se unificaron las fechas de siembra y de destrucción de rastrojos. Se puede sembrar entre el 1 de octubre al 30 de noviembre. Y la destrucción de rastrojos se estira hasta el 15 de junio.
El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria –SENASA- establece las fechas obligatorias para la siembra y destrucción de los rastrojos del cultivo de algodón con el fin de dificultar la supervivencia y reproducción del Picudo Algodonero y así prevenir la dispersión de focos.
Considerando que la plaga Picudo del Algodonero se encuentra clasificada como plaga cuarentenaria presente bajo control oficial, resulta necesario tomar las medidas sanitarias necesarias para evitar la dispersión de dicha plaga.
Anticipar y concentrar la siembra del cultivo de algodón y fijar la fecha máxima para la destrucción de rastrojos, es una herramienta para disminuir la supervivencia y reproducción del Picudo del Algodonero.
SANTIAGO DEL ESTERO:
Fecha de siembra: 1º de Octubre al 30 de Noviembre (Capital, Banda, Robles, San Martín, Silipica, Loreto, Figueroa, Sarmiento, Avellanada) 15 de Octubre al 15 de Diciembre (Copo, Alberdi, Moreno, J.F. Ibarra, Gral. Taboada, Belgrano, Aguirre, Mitre, Rivadavia).
Fecha de destrucción de rastrojo: hasta el 30 de Junio (Capital, Banda, Robles, San Martín, Silipica, Loreto, Figueroa, Sarmiento, Avellanada) Hasta el 15 de Julio (Copo, Alberdi, Moreno, J.F. Ibarra, Gral. Taboada, Belgrano, Aguirre, Mitre, Rivadavia).”
SANTA FE:
Fecha de siembra: 1° de Octubre al 15 de Noviembre Domo Oriental (Departamento General Obligado, Departamento Garay, Departamento San Javier, Departamento Vera al Este de la Ruta Provincial Nº 3 y el Sur de la Ruta Nacional Nº 98); 1º de Noviembre al 15 de Diciembre Domo Occidental (Departamento 9 de Julio, Departamento San Cristóbal, Departamento Las Colonias, Departamento Vera al Oeste de la Ruta Provincial Nº 3 y el Norte de la Ruta Nacional Nº 98).
Fecha de destrucción de rastrojo:
Hasta el 31 de Mayo Domo Oriental (Departamento General Obligado, Departamento Garay, Departamento San Javier, Departamento Vera al Este de la Ruta Provincial Nº 3 y el Sur de la Ruta Nacional Nº 98); Hasta el 30 de Junio Domo Occidental (Departamento 9 de Julio, Departamento San Cristóbal, Departamento Las Colonias, Departamento Vera al Oeste de la Ruta Provincial Nº 3 y el Norte de la Ruta Nacional Nº 98).”
EN SALTA:
En el caso de la provincia de SALTA, las autoridades provinciales han solicitado expresamente la modificación de la fecha de destrucción de rastrojo del cultivo de algodón en las zonas de secano de dicha provincia, debido a las condiciones climáticas adversas acontecidas en las últimas campañas ocasionando un retraso en la cosecha.
Las autoridades de la provincia de SALTA han propuesto la unificación de las fechas tanto para la siembra como destrucción de los rastrojos de cultivo de algodón en virtud de los motivos técnicos detallados.
La fecha de siembra: 1° de octubre al 15 de noviembre (Zona de regadío); 15 de noviembre al 30 de diciembre (Zona de secano). Fecha de destrucción de rastrojo: hasta el 31 de julio.
CATAMARCA:
Fecha de siembra: 1° de Octubre al 15 de Noviembre
Fecha de destrucción de rastrojo: hasta el 30 de Junio
CORDOBA:
Fecha de siembra: 15° de Octubre al 30 de Noviembre
Fecha de destrucción de rastrojo: hasta el 30 de Junio
CORRIENTES:
Fecha de siembra: 15° de Octubre al 30 de Noviembre
Fecha de destrucción de rastrojo: hasta el 31 de Mayo
ENTRE RIOS:
Fecha de siembra: 15° de Octubre al 30 de Noviembre
Fecha de destrucción de rastrojo: hasta el 30 de Junio
FORMOSA:
Fecha de siembra: 1° de Octubre al 15 de Noviembre (al Este de RN Nº 95).
1° de Noviembre al 15 de Diciembre (al Oeste de RN Nº 95)
Fecha de destrucción de rastrojo: hasta el 31 de Mayo
LA RIOJA:
Fecha de siembra: 1° de Octubre al 15 de Noviembre
Fecha de destrucción de rastrojo: hasta el 30 de Junio
MISIONES:
Fecha de siembra: 15 de Octubre al 30 de Noviembre
Fecha de destrucción de rastrojo: hasta el 31 de Mayo
SANCIONES
El incumplimiento de lo expuesto en la presente norma dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en el Capítulo VI de la Ley 27.233 sin perjuicio de las medidas preventivas que pudieran adoptarse de conformidad con lo dispuesto en la Resolución Nro. 38 del 3 de febrero de 2012 del ex Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca.
Agradecemos la información suministrada por Natalia Vaca, del SENASA, para elaboración de este informe.-