Acopio y comercialización de productos está garantizado CHACO PUSO EN MARCHA NUEVAS MEDIDAS CONTRA EL COVID-19

El gobernador del Chaco, Jorge Capitanich anunció las decisiones tomadas desde el Ejecutivo provincial para mitigar el impacto de la pandemia. Circulación vehicular restringida, regulación de la actividad comercial e industrial, mayor protección a los adultos mayores y la continuidad de la suspensión de diversas actividades, entre otras.

Prórroga de las medidas dispuestas por Decreto Nº 433/2020, hasta el 26 de abril de 2020.

Actividades comerciales, industriales, de construcción y de servicios considerados esenciales o exceptuados por Decisiones Administrativas del Estado Nacional:

· Abastecimiento de combustible en sus diferentes etapas de acopio y comercialización.

· Distribución y venta de gas.

· Procesamiento, distribución y comercialización de productos alimenticios y bebibles.

· Procesamiento, distribución y comercialización de productos de limpieza, higiene personal, hospitalarios y médicos, y sus diferentes insumos.

· Atención médica, odontológica, oftalmológica y laboratorios bioquímicos,

· Servicios de comunicación, audiovisuales y de telefonía.

· Provisión de insumos complementarios para distribución y empaque de productos alimenticios, bebidas, perfumerías y otros.

· Distribución y comercialización de insumos, medicamentos y alimentos para mascotas y atención veterinaria para mascotas.

Actividades comerciales, industriales, de construcción y de servicios considerados esenciales o exceptuados por Decisiones Administrativas del Estado Nacional:

· Centros de atención telefónica, debiendo respetar los protocolos establecidos en normas nacionales, provinciales y municipales y mantener al menos un puesto de trabajo intermedio entre cada operador, no pudiendo superar en ningún momento una ocupación superior al cincuenta por ciento de la capacidad instalada.

· Obras privadas referidas a la refacción, construcción o mantenimiento de la infraestructura sanitaria o de carácter especial, debiendo solicitar permiso de excepción por ante la autoridad sanitaria.

· Obras públicas en general.

· Empresas de seguridad y vigilancia.

· Servicios fúnebres y salas velatorias.

· Actividad industrial en sus diferentes ramas, sin atención al público.

Actividades comerciales, industriales, de construcción y de servicios considerados esenciales o exceptuados por Decisiones Administrativas del Estado Nacional:

· Locales de venta y preparación de productos ópticos. Atendiendo sólo por la mañana y cuyos clientes deberán contar con constancia de turno confirmado para trasladarse hasta el mismo.

· Actividad forestal.

· Actividad agropecuaria, incluidos los eslabones de provisión de herramientas e insumos, asistencia técnica-profesional y servicios de mantenimiento.

· Talleres mecánicos y comercios dedicados a la venta de repuestos de vehículos

· Servicios profesionales

· Ferreterías y venta de materiales eléctricos y de construcción

· Actividades habilitadas por Decisiones Administrativas de Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación.

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