Retenciones y discrecionalidad: perdemos siempre los mismos
Confederaciones Rurales Argentinas –CRA- emitió un documento en el que expresa su posicionamiento respecto a medidas que toma el gobierno nacional y en este caso a favor de las compañías petroleras, no tendrán que pagar retenciones por la exportación de trigo, maíz, poroto, aceite y harina de soja, ya que se verán beneficiadas con un crédito fiscal transferible al pago de derechos de exportación de productos hidrocarburíferos. “Perdemos siempre los mismos”, resume la entidad en este documento que compartimos de modo textual:
“En medio de las noticias cotidianas que ensombrecen nuestro presente, apareció en el Boletín Oficial, un decreto que permite descontar retenciones por derechos de exportación a empresas petroleras que exporten productos agroindustriales.
En efecto, aquellas empresas que lograsen incrementar la producción serán beneficiarias de un certificado de crédito fiscal transferible aplicable al pago de derechos de exportación de productos hidrocarburíferos. Así, no tendrán que pagar retenciones por la exportación de trigo, maíz, poroto, aceite y harina de soja.
En definitiva, todos aquellos granos que se reciben en operaciones de canje por insumos agropecuarios como gasoil, lubricantes, entre otros, y que luego son exportados estarán, en la práctica, exentas de derechos de exportación.
La decisión no solo otorga una ventaja sustancial a las empresas petroleras, en detrimento de las demás empresas agroindustriales, sino que también muestra la incidencia extraordinaria que los derechos de exportación tienen en el proceso de producción y rentabilidad de productores y exportadores.
Una mirada a los considerandos de la resolución evidencia el reconocimiento explícito que se hace sobre el daño de los derechos de exportación: ¨esta medida promueve e incentiva la actividad agraria y las economías regionales y motoriza la exportación al permitir la monetización inmediata de un crédito fiscal en la cuantía de sus derechos de exportación, que en esta actividad resultan sustancialmente mayores a los derechos de exportación de hidrocarburos”.
El decreto 722/2021, que discrimina a las exportaciones agropecuarias, es una medida discrecional que impacta en los siguientes productos o mercaderías: trigo; cebada; maíz; sorgo; habas (porotos, frijoles, fréjoles) de soja; aceites de soja, girasol, cártamo y algodón; residuos de la molienda y de la extracción del aceite de soja y de grasas o aceites vegetales; pellets de cáscara de soja y semillas de girasol.
La resolución es tan contradictoria que evidencia que las retenciones son un gravamen distorsivo que quita competitividad a las exportaciones y aliviarlo resulta no ya un incentivo sino el alivio en un desincentivo.
El incentivo manifiesto a las empresas petroleras, rompe toda condición de igualdad con las empresas agroindustriales, que deben exportar en condiciones diferentes y que en definitiva trasladan ese perjuicio a los precios que recibe el productor primario.
Un nuevo destrato en una larga lista de decisiones que miran al campo solo al tiempo de recaudar y lo someten a condiciones de desigualdad con otras actividades productivas. Hoy por decisión del gobierno ganaron las petroleras. ¿Mañana quien será? Lo que es seguro es que puede cambiar quién gana, pero siempre perdemos los mismos”.