EL ALGODON YA TIENE FECHA DE SIEMBRA

El SENASA ya comunicó las fechas de siembra obligatorias para cada región, de vital importancia para lograr el control y manejo de las poblaciones de Picudo de Algodón, principal plaga que afecta el cultivo.

Fechas De Siembra por Región

Del 1 de octubre al 15 de noviembre se podrá sembrar algodón en Catamarca, al este de la Ruta Nacional Nº 95 en Formosa, La Rioja, Tucumán, zonas de riego de Salta y San Luis. Zona norte y este del Chaco, departamentos: 25 de Mayo, Presidencia de La Plaza, Tapenagá, General Dónovan, Libertad, 1 de Mayo, San Fernando, Bermejo, Sargento Cabral, General San Martín, General Güemes.


Del 15 de octubre al 30 de noviembre se podrá sembrar el cultivo en zona centro y sur del Chaco: departamentos Maipú, Independencia, Comandante Fernández, Quitilipi, O´Higgins, Mayor Luis Jorge Fontana, San Lorenzo y Almirante Brown. En Córdoba, Corrientes, Entre Ríos, Misiones, zona de riego de Santiago del Estero y zona este de Santa Fe: departamentos General Obligado y San Javier.


Del 1 de noviembre al 15 de diciembre en zona oeste del Chaco: departamentos General Belgrano, 9 de julio, Chacabuco, 12 de octubre, 2 de Abril y Fray Justo Santa María de Oro. Al oeste de la Ruta Nacional Nº 95 en Formosa, zona oeste de Santa Fe (departamento 9 de Julio) y zona de secano de Santiago del Estero.

Finalmente, del 15 de noviembre al 30 de diciembre en las zonas de secano de Salta y San Luis.

 

Recomendaciones para la siembra

El Programa Nacional de Prevención y Erradicación del Algodón (Pnpepa), recuerda a los productores la importancia de la siembra concentrada de algodón como método cultural de control del picudo, establecido por Resolución 74/2010.

Es indispensable que los productores de una zona siembren al mismo tiempo, en un periodo de 30 días entre el inicio y el final de la siembra, a fin de concentrar la floración. Asimismo, es necesario utilizar semillas fiscalizadas, priorizando variedades de ciclo corto con su respectivo paquete tecnológico.

Se recuerda además, que está prohibido sembrar en banquinas, según Resolución de la Dirección de Vialidad Nacional 2018/08. También se recomienda al propietario del campo arrendado incluya en el contrato una cláusula donde se indique la destrucción de los restos del cultivo como última tarea luego de la cosecha.

Es indispensable que los productores de una zona siembren al mismo tiempo, en un periodo de 30 días entre el inicio y el final de la siembra, a fin de concentrar la floración. Asimismo, es necesario utilizar semillas fiscalizadas, priorizando variedades de ciclo corto con su respectivo paquete tecnológico.

 

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