Abigeato: Juez de garantías aclara sobre liberación de un policía detenido

Ante la publicación del abogado Rubén Eduardo Billa, Abogado. Mat. 831, DNI: 10.764.691, en la página web de Agroperfiles.com.ar (link: Juez libera a un policía cuatrero y un abogado sale al cruce – AgroPerfiles)-ver: https://agroperfiles.com.ar/juez-libera-a-un-policia-cuatrero-y-un-abogado-sale-al-cruce/ el señor Juez de Garantía en feria Daniel Enrique Freytes aclara a la ciudadania que en el marco del proceso penal caratulado “Ledesma Gustavo Ariel S/Abigeato, Expte. Nº 6171/2021-2 el Fiscal de investigacion Nº 1-Provisorio-,  Dr. Cristian Arana dispone en la etapa inicial la prisión preventiva de los imputados Gustavo Ariel Ledesma (autor del delito de Abigeato) y Elbio Leonardo Gomez (coautor del delito de Abigeato).

Juez en feria Daniel Freytes, del Juzgado de Garantía de Presidencia Roque Sáenz Peña, Chaco

Oportunidad en que la Defensa de los mismos apela dicho decisorio resolviendo la Cámara Primera en lo Criminal de esta ciudad otorgar la libertad de Ledesma y mantener la prisión preventiva de Gomez por advertir la existencia de peligrosidad procesal.

Que, transcurridos unos meses de la investigación y habiendo dictado el fiscal pieza acusatoria (requerimiento de elevación a juicio) la defensa del Sr. Gomez plantea cese de prisión preventiva, resolviéndose consecuentemente otorgar la libertad bajo caución real de 1.500.000.- (un millón quinientos mil pesos) -entre otras condiciones-, en virtud de haber cesado la peligrosidad procesal aludida al inicio de la IPP por cuanto la recolección de evidencia probatoria en la presente causa se encontraba concretada y cerrada.

Cabe destacar que la medida de coerción es excepcional, de aplicación como última ratio lo cual constituye un límite esencial al poder punitivo del Estado, y provisional, debiendo ser revisada periódicamente conforme parámetros de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, criterio seguido por el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia.

Así también se aclara que el requerimiento de elevación a juicio ha sido objeto de impugnación por parte de las defensas de los imputados, lo cual deberá ser tratado por el Juzgado de Garantías conforme al procedimiento preestablecido en la ley procesal.

Por otra parte y en relación a las apreciaciones publicadas respecto a otra causa en la que se condena al imputado de alias “Petébula”, corresponde informar que el mismo no se encuentra en libertad, sino que se ha otorgado la prisión domiciliaria por problemas de salud debidamente acreditados, por cuanto se dieron los presupuestos jurídico-normativos vigentes, trámite cumplimentado ante el Juzgado de Ejecución Penal.

Además, se debe tener presente que todas las decisiones adoptadas por los tribunales pueden ser objetos de distintos recursos.

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