MIELES: EEUU APLICA SANCIONES A DOS EMPRESAS ARGENTINAS

El Departamento de Comercio de los Estados Unidos (DOC) resolvió afirmativamente la Determinación Preliminar del cobro de derechos antidumping (AD) contra la miel cruda de Argentina, Brasil, India, Ucrania y Vietnam.

En el caso de la miel de Argentina las dos empresas que se negaron a participar de la investigación (Industrial Haedo S.A. y CIPSA) fueron sancionadas con una tarifa de 49.44% por sobre el precio de venta. Por su parte NEXCO S.A., que estuvo respondiendo el séptimo cuestionario complementario en esta semana, recibió una sanción de 7.84%; mientras que la Asociación de Cooperativas Argentinas ACA fue sancionada con un 24,28%, considerando que desde el comienzo colaboró con la investigación.

Según señalan los analistas internacionales del sector, presumen dos hechos: por un lado el DOC decidió comparar los precios de venta de ACA a Estados Unidos con los precios de venta de ACA a Japón, cuandolas exigencias reales de los dos mercados difieren significativamente.

Por otro lado, los dos apicultores que presentó ACA y que se negaron a responder a los cuestionarios, terminaron siendo explosiones por debajo de la línea de flotación de su defensa. Por estas horas, ACA está evaluando la posibilidad de apelar esta Determinación Preliminar.

La situación para el resto de las empresas de Argentina, tampoco es inicialmente muy auspiciosa pues todas reciben una sanción de 16.06% poniendo casi en un mismo nivel los gravámentes para el ingreso de miel de Argentina en la Unión Europea.

EN BRASIL

En Brasil se llegó a niveles similares, lo cual debe ser motivo de fiesta para el sector exportador de miel brasilero pues los porcentajes inicialmente demandados eran muy superiores y además, en las mismas estadísticas que acompañan la resolución del DOC se ve claramente que la miel orgánica brasilera se vendía más barata en Estados Unidos que la miel convencional de Argentina. Melbras fue sancionada con el 7.89% mientras que Apiário Diamante con el 29,61%, quedando un 20.19% de recargo para las demás empresas exportadoras.

La gran sorpresa la dio India donde las dos empresas investigadas no llegaron a ser sancionadas con el 7%. Allied Natural Product pagará 6,24% mientras que Ambrosia N.P. 6.72% quedando un gravamen de 6.48% para el resto de las empresas exportadoras de India. Sin duda el esfuerzo que ha hecho la legítima industria apícola de India en su lucha contra el fraude, tal como lo publicamos en Espacio Apícola 131, tuvo su premio en esta investigación.

LA MIEL ARGENTINA, LA DE MAS ALTO PRECIO

Si analizamos en términos absolutos cuál importación podría perjudicar más o menos a los productores de miel de Estados Unidos, según las mismas estadísticas publicadas por el DOC en la resolución, nos damos con que la miel de Argentina es, por lejos, la que se vendió a precio más alto durante el período de la investigación (POI). En este período, que abarca casi todo el año 2020, Argentina exportó a Estados Unidos 39838 toneladas de miel por un valor de 92.84 millones de dólares lo que significa un precio promedio de U$S 2.33/kg de miel: mientras que en el mismo período la India vendió en Estados Unidos una cantidad similar a la Argentina, 37460 toneladas, por un valor 35% más bajo, de 57.38 millones de dólares, lo que equivale a U$S 1.53/kg de miel. El resultado de la comparación entre la miel de Argentina con la de Brasil es similar, más aún si consideramos que la miel exportada por Brasil es mayoritariamente con certificación orgánica. Las diferencias de precio por color no son de tanta magnitud.

LAS EMPRESAS UCRANIANAS

Por su parte, es llamativo que las tres empresas ucranianas que se negaron a participar de la investigación hayan recibido sólo 32.45% de gravamen mientras que las de Argentina estuvieron casi en el 50%, cuando el porcentaje sancionado para Sodrujestvo, la única empresa que respondió desde Ucrania, fue del 18.68% y éste será el mismo porcentaje para las demás empresas, más de doscientos cincuenta puntos básicos por encima de la sanción a las demás empresas de Argentina, por lo que no se ve claramente por qué se aplicó un porcentaje punitorio tan bajo a las empresas que exportan miel ucraniana, que ni siquiera son ucranianas y que no quisieron participar de la investigación.

Las empresas de Vietnam recibieron una sanción irrisoria. Ban Me Thuot debería pagar un 413.99% de gravamen y DakLak Honeybee 410.93%, quedando un 412.49% para el resto de las empresas vietnamitas.

Respecto a la temida solicitud de “circunstancias críticas”, que impondría un pago retroactivo de gravámenes, circunstancias alegadas por los demandantes contra los casos de Argentina, Brasil e India, habría sido desestimado por el DOC para los casos de Brasil e India, mientras que para el caso de Argentina habría sido inicialmente considerado como no suficientemente claro, pero aún no contamos con el dato preciso de este comentario

EL NUEVO CALENDARIO

El nuevo calendario para esta investigación queda de la siguiente manera:

Determinación Final del DOC: 8 de abril de 2022.

Determinación Final de la Comisión de Comercio Internacional (ITC): 23 de mayo de 2022.

Envío de las órdenes respectivas: 30 de mayo de 2022

(Fuente: Fernando Esteban, de Apicultura.com.ar)

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