En forma temporaria – JUEZ DE RECONQUISTA RESTITUYO AL DIRECTORIO ORIGINAL A VICENTIN

Daniel Nestor Buyatti, Alberto Julián Macua, Roberto Alejandro Gazze, Sergio Manuel Nardelli, Maximo Javier Padoan, Cristian Andrés Padoan, Martín Sebastián Colombo, Sergio Roberto Vicentín, Pedro Germán Vicentín, Roberto Oscar Vicentín y Yanina Colomba Boschi, volverán, temporariamente al directorio de la cerealera Vicentin SAIC, por decisión del El juez comercial de Reconquista, Fabián Lorenzini.

El magistrado aceptó una cautelar de los dueños de la firma por dos meses, por lo que el interventor designado por el presidente Alberto Fernández pasará a ser “veedor”

El juez comercial de Reconquista, Fabián Lorenzini, ordenó la restitución del directorio del Grupo Vicentin al frente de la cerealera. La medida cautelar es temporal, por un plazo de 60 días con posibilidad de prórroga. Ahora, el interventor designado por el Gobierno, pasará a tener un rol de “veedor”, dice la Agencia Noticias Argentinas.

El magistrado hizo lugar al reclamo de la compañía en el que los directivos señalaban “la irrupción de los interventores en dicha administración preexistente, de manera abrupta e intempestiva, impidió cualquier tipo de transición ordenada dejando a la empresa a la deriva”.

EL PLANTEO

En los considerandos de la medida, se expone que invocando su condición de integrantes del Directorio de la Sociedad concursada VICENTIN SAIC, manifestando que fueron desplazados de sus funciones por el Sub Interventor presidencial, Luciano Zarich, en el marco del DNU 522/2020 del PEN (BON 9/6/2020).

Los mencionados, habían solicitado la inmediata restitución de los antes señalados en sus cargos, dentro del Directorio la sociedad anónima concursada y desplazamiento de los interventores designados, con fundamento en la ilegitimidad e inconstitucionalidad del citado decreto de necesidad y urgencia, sosteniendo su nulidad absoluta e insanable.

La existencia de un proceso de verificación de créditos en curso, necesidad de resguardar el giro normal de las actividades de la empresa y de atender las obligaciones cuyo vencimiento se produce periódicamente, necesidad de abonar salarios de miles de trabajadores, continuidad de contratos, etc.

EL 9% DE LAS AGROEXPORTACIONES

Asimismo, enfatiza la magnitud y el volumen agroexportador de la empresa que representan aproximadamente el 9% del total de la oferta exportable de la República Argentina, todo lo cual dice que podría verse seriamente afectado por la situación de hecho generada merced al desplazamiento de los directores mencionados, con el consiguiente perjuicio a la concursada y por ende, también a sus acreedores dado que el cobro de sus créditos depende principalmente de la continuidad operativa de la empresa.

NO PUEDE ALARGARSE EL PROCESO

Los peticionantes refieren el peligro ínsito y palmario que según refieren, puede advertirse a consecuencia de la situación imperante, aseverando que cualquier dilación procesal podría provocar, el colapso total de la administración.

En sustento del escenario crítico que avizoran, señalan que la cocursada es una empresa gigantesca que, de manera diaria procesa incontables contratos, órdenes de pago, liquida salarios, abona impuestos y concreta una compleja variedad de operaciones agrocomerciales.

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